Acceso al centro
ESCOLARIZACIÓN, MATRICULACIÓN Y CALENDARIO DE SOLICITUDES
Resumen de las Órdenes de la Consejería de Educación y Ciencia de 27 de febrero de 2001 y 16 de febrero de 1999 sobre escolarización y matriculación del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, a excepción de los universitarios y de las Instrucciones de la Viceconsejería sobre planificación de la escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios para el curso académico 2001/2002, que complementan las órdenes anteriores.
Solicitudes de Admisión
El plazo de presentación de solicitudes de admisión será durante el mes de abril. Únicamente los alumnos que se encuentran estudiando en el presente curso en este centro y que no cambien de grado ni hayan agotado los límites de permanencia en el mismo curso o en el grado (según se indica en el apartado de límites de permanencia más abajo) tienen reserva de plaza para el próximo curso. (Si hay algún alumno que no vaya a hacer uso de este derecho, se ruega que lo comunique en secretaría, a fin de poder ofrecer esa plaza a otro alumno).
Sí deberán presentar la solicitud de admisión correspondiente en el plazo mencionado las personas que se encuentren en las siguientes circunstancias:
- Alumnos de nuevo ingreso, que deberán realizar una prueba de aptitud, según se indica más bajo; alumnos de ingreso en grado medio, que deberán superar la prueba de acceso que también se indica más abajo.
- Antiguos alumnos, incluidos los alumnos a los que se les haya admitido la anulación de matrícula en el presente curso.
- Alumnos que soliciten traslado de expediente de otro conservatorio con el cambio de curso, y no con modalidad de traslado de matrícula viva (durante el curso, según se explica más abajo).
Cambio de instrumento
Cambio de instrumento: los alumnos que hayan superado 1º ó 2º de grado elemental, podrán solicitar cambio de instrumento si hubiera vacantes una vez concluido el proceso de matriculación. Las solicitudes se efectuarán antes del 10 de septiembre. En el caso de concesión de cambio de instrumento se matricularán de 2º, con el 1º de instrumento pendiente. A efectos del límite de permanencia en grado elemental se computarán el/los año/s cursados con el primer instrumento. Los alumnos que deseen continuar con el primer instrumento en caso de que no se le conceda el cambio a otro solicitado deberán haber realizado la matricula en el plazo del 1 al 15 de julio (en caso de que sí se conceda el cambio, se modificaría esa matrícula)
Traslados de Matrícula Viva
Los traslados de matrícula viva se podrán conceder en función de la disponibilidad de plazas. En ningún caso se autorizarán traslados de matrícula durante el tercer trimestre del curso.
Ampliación de matrícula
Se podrá solicitar ampliación de matrícula al tutor, previa orientación del profesorado y con el visto bueno de todos los profesores que le imparten alguna materia al alumno, durante el primer trimestre del curso será realizada la ampliación. Las calificaciones del primer trimestre corresponderán a la calificación del curso completo en el que se encuentra matriculado el alumno. El alumno al que se le conceda la ampliación asistirá sólo a las clases del curso más elevado a partir del segundo trimestre.
Segunda Especialidad Instrumental
La Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa podrá autorizar la posibilidad de cursar una segunda especialidad instrumental en el grado medio. En cualquier caso, para iniciar los estudios de grado medio de la segunda especialidad se requiere haber superado la prueba de acceso en su momento.